El Acuerdo Humanitario

Presentación

Texto del Acuerdo Humanitario
 

LANZAMIENTO DEL

"Acuerdo Humanitario para la protección, prevención, asistencia humanitaria y retorno sobre el desplazamiento forzado"

Bogotá, 21 de noviembre de 2000


Por: Anders Kompass
Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

Agradezco profundamente la invitación de la Asamblea Permanente de la Sociedad Civil por la Paz, y quiero aprovechar esta oportunidad para hacer un reconocimiento a las organizaciones de la sociedad civil colombianas por su compromiso en la lucha por la vigencia de los prinicipios fundamentales para el de la dignidad humana.

El respeto, la protección y respeto garantía de los derechos humanos son la base esencial de toda la sociedad democrática y de un estado de derecho. Este precepto tiene hoy un contenido universal y esta es la noción que refleja la propia Constitución Política de Colombia.

No obstante, en la realidad colombiana, no basta con las normas de derechos humanos, pues cobran un valor significativo todas las reglas humanitarias que se desprenden del llamado Derecho Internacional Humanitario.

Las guerras han sido una fuente de aprendizajes dolorosos de las naciones y de los pueblos y han tenido una incidencia particular en el desarrollo del derecho internacional. El horror de la segunda guerra mundial puso en evidencia, la necesidad, para la comunidad de naciones, de establecer reglas que fomentaran y permitieran la convivencia pacífica. La Carta de las Naciones Unidas, de 1945, desautoriza la guerra como medio de resolución de conflictos. La Declaración Universal de Derechos Humanos, del 1948, reconoce un mínimo básico de derechos y principios fundamentales de las personas, con carácter universal, en respuesta a los "actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad" . Sin embargo, como esta realidad también coexiste la guerra, se impulsaron normas que la regulen y disminuyan las consecuencias nefastas de los conflictos. Así, se construyó el Derecho Internacional Humanitario.

El respeto y la defensa del DIH, y de todos los derechos y libertades fundamentales, debe comprometer a todos los Estados y comunidades en la búsqueda sincera por alcanzar el objetivo de paz y convivencia armónica que se merece la humanidad en su conjunto. En Colombia, este compromiso debe ser común a toda la sociedad y el "Acuerdo Humanitario para la Protección, Prevención Asistencia Humanitaria y Retorno sobre el Desplazamiento Forzado", que están ustedes impulsando, es representativo de los esfuerzos sinceros para mejorar las condiciones de vida de los colombianos en el marco del conflicto armado y construir puentes efectivos hacia la paz.

Todas las sociedades del mundo aspiran a una paz que no se lee como ausencia de guerra sino como la posibilidad concreta de ejercer sus derechos fundamentales . No se puede discutir e identificar la sociedad que se quiere y las estructuras preferidas para organizarla en medio del hostigamiento, amenazas, los desplazamientos y la destrucción de las familias. La barbarie dificulta la reconciliación y aleja las perspectivas de convivencia.

En este marco, son esenciales los acuerdos en materia de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

Es importante recoger de la historia reciente otras experiencias en materia de procesos de paz. En América Latina, el caso de El Salvador y de Guatemala, por ejemplo, deben ser consultados, no para copiar forzosamente esas experiencias y repetirlas, sino para beneficiarse de las lecciones aprendidas en relación con los aciertos, obstáculos y dificultades y tomarlos en cuenta en el proceso colombiano. En ambos países se convinieron acuerdos previos en materia de derechos humanos como uno de los primeros pasos fundamentales en los avances hacia la paz. El Acuerdo sobre Derechos Humanos de San José , entre el gobierno de El Salvador y el FMLN en 1990, o el Acuerdo Global sobre derechos humanos, entre el gobierno de Guatemala y la URNG en 1994, son acuerdos previos a la firma de la paz, que le han dado la credibilidad e impulso a esos procesos, en la medida en que se establecían unos compromisos primarios en relación con la protección de derechos fundamentales de las personas.

La comunidad internacional, como mi Oficina, se ha pronunciado, mediante la Declaración del presidente de la Comisión de Derechos Humanos, de Naciones Unidas, y señalado el reconocimiento y la necesidad de continuar los esfuerzos para encontrar una solución negociada al conflicto armado colombiano, así como de alcanzar, con carácter prioritario, un acuerdo global sobre derechos humanos y DIH.

Así mismo, la Alta Comisionada, en un comunicado público reciente, señaló la urgencia de ese Acuerdo Global y manifestó que "Un Acuerdo de esta naturaleza resulta esencial, tanto para dar mayor viabilidad y legitimidad al proceso de paz, como para avanzar en la discusión de temas que, eventualmente, contribuirán a la configuración del perfil de una nueva Colombia. En este momento dicho acuerdo representaría un significativo gesto de paz, particularmente si en él se establecen mecanismos para proteger a la población civil y lograr la efectiva salvaguardia de los derechos y libertades fundamentales de todos los colombianos".

Los niveles alarmantes de violaciones de derechos humanos y de derecho internacional humanitario plantean seriamente la actualidad de un acuerdo integral sobre derechos humanos y DIH en Colombia, que permita de manera creíble, transmitir a la sociedad colombiana gestos y hechos concretos de paz para construir responsablemente la sociedad pacífica a la que aspiran.

Las negociaciones de paz no pueden desarrollarse independientemente de las normas y compromisos internacionales. No sólo el Estado tiene responsabilidades frente a ellos, sino también los grupos insurgentes, quienes en su calidad de participantes activos en un conflicto armado, están igualmente obligados a respetar a las personas y bienes protegidos por las reglas del Derecho Internacional Humanitario.

Las normas internacionales y sus órganos de protección de derechos humanos no han sido suficientes para asegurar compromisos profundos de los Estados y de los individuos y la adaptación de sus conductas y acciones a esos preceptos universales, evitar las guerras o responsabilizar adecuadamente a quienes atentan contra ellos. Las víctimas, con frecuencia impotentes ante la violencia y la arbitrariedad, no siempre han logrado ser escuchadas y obtener satisfacción y reparación.

Por ello, la búsqueda de mecanismos efectivos y de acuerdos que reafirmen la obligatoriedad de normas de comportamiento para el Estado y los actores armados y que construyan compromisos sólidos frente a la sociedad civil -con demasiada frecuencia víctima del conflicto armado- permitirá afianzar las esperanzas de paz y de convivencia de los colombianos.

La Oficina que represento seguirá acompañándolos en estos esfuerzos y recordándole a los violentos sus responsabilidades. El mundo de hoy , así como el Derecho Internacional, está poniendo en cruda evidencia que cada día se cierran nuevas puertas a la impunidad de actos atroces y se solidifican los brazos de la justicia, más allá de las fronteras. Este es un mensaje que no puede ser desconocido, ni desoido, por aquellos que, como Estado o como actor armado combatiente debe rendir cuentas de sus acciones ante la sociedad y ante el mundo.

El desafío es conjunto. De la sociedad colombiana y de la comunidad internacional, en la búsqueda de respuestas eficaces al clamor de los desplazados, los familiares de los desaparecidos, los secuestrados, y de tantas víctimas colombianas , y aun extranjeras que reclaman la paz.

Muchas gracias

 
   
       

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